lunes, 10 de febrero de 2014

Las fiestas de San Roque en el siglo XVIII


Artículo publicado en el Programa de Fiestas de San Roque
Ildefonso Rueda Jándula


Antigua imagen de San Roque
(finales del siglo XVI)
En la primitiva Cofradía de San Roque, desaparecida en la segunda mitad del siglo XVII, el cabildo municipal nombraba un mayordomo encargado de la recogida de limosnas que los vecinos entregaban para costear la fiesta patronal. El oficio de mayordomo de San Roque, a finales del siglo XVII tenía una vigencia de dos años, si bien en algunas ocasiones se prorrogaba en el cargo al mismo regidor, dependiendo de la buena actuación en la mayordomía. Por desgracia, las cuentas de las distintas mayordomías de San Roque, no se han conservado entre los fondos de  nuestro archivo municipal, lo que nos hubiera permitido conocer con exactitud cuáles eran los festejos dedicados al Santo Patrón en el siglo XVIII. 

Los cabildos celebrados por los capitulares del concejo con anterioridad a las jornadas festivas suelen acordar los regocijos públicos cuya organización correspondía a los diputados y mayordomos, si bien la determinación final pertenecía al cabildo municipal, según se desprende del acta capitular de 18 de julio de 1730, donde se nos informa: “ y que para regocijo de sus vecinos tienen prevenidos cuatro toros de muerte para una corrida el día 17 de agosto siguiente al del Glorioso Santo”. Por diversas circunstancias, el cabildo no autorizó la corrida, aunque sí lo hizo con los regocijos de costumbre: 

“Acordaron las circunstancias de la fiesta con música, sermón, fuegos, y danza que es lo que cede en obsequio del Glorioso Santo, y por lo que mira a la corrida de toros, sus mercedes reponen esta determinación por las molestias siguientes; lo primero por el ruido y cuidado que semejante fiesta trae tras de sí para los caballeros comisarios que necesitan el tiempo para las prevenciones y asistencias del Clero, comunidad de Religiosos de esta Villa, de donde saldrán bien molestados así por la estación del tiempo, como por el trabajo repetido que han de tener; el segundo que de averse reconocido la estéril cosecha de granos, y la subida del pan y que en semejante regozijo todos han de sacar fuerzas para mantenerse y tener sus convites de forasteros /.../ y lo tercero por aminorar los ánimos el reconocimiento de la corta cosecha de aceite”

El escribano, nos proporciona en el texto anterior un dato que revela la proyección “extramuros” de las fiestas de San Roque, ya en esta primera mitad del siglo XVIII, cuando los vecinos tenían sus convites de forasteros, dato escueto del que no podemos obtener valoraciones cuantitativas.

Los fuegos, la música y las danzas son los regocijos que más se repiten en los acuerdos capitulares previos a la segunda quincena del mes de agosto. En qué medida se llegaron a cumplir estos acuerdos, es algo que sólo nos hubieran aclarado las cuentas de la mayordomía, ya que el gasto en estos componentes festivos se encontraba supeditado a las limosnas recolectadas y a la escasez de los tiempos. Sin embargo, frente a las calamidades que ocurrían en otros lugares cercanos, causados por epidemias, se procuraba aumentar la celebración con el fin de excitar entre los fieles la devoción hacia el protector contra el mal contagioso.

“En este cavildo su merzed dho. Conzejo dixo que atento al boto que tiene echo y ratificado de zelebrar en su día a Sr. Sn. Roque como patrono desta Villa y que en la estazión del tiempo tan calamitoso de enfermedades que muchas ziudades y lugares deste Obispado se esta padeziendo con mas superior razón se debe zelebrar al glorioso santo titular y patrono desta Villa assi con demostraziones de zelebridad como de rogativas por los espezialisimos favores que siempre ha alcanzado del divino poder a venefizio deste Pueblo donde no ai memoria se aia experimentado epidemicas enfermedades y contaxios aunque se an experimentado en las zercanias deta Villa quien por tan grandes venefizios debe tributar a la Magestad divina con todo rendimiento las devidas grazias, al glorioso Santo zelebrarle su día con el maior aplauso que esta Villa pueda en demostrazión de agradezimiento a su patrozinio y ruegos y para que se execute como esta Villa desea desde luego acordó se haga dicha fiesta con el aplauso posible de musica y danza y ymbenziones de fuego y demás obsequio que sea posible y para la solizitud de todo ello nombro por comissarios de dicha festividad a Dn. Pablo de Acuña Valenzuela y Diamante; y a Dn. Diego Ramírez Valenzuela y Ortega vezinos desta Villa a quienes se les haga saber este acuerdo y nombramiento para su azeptazión y solizitud. Y por maiordomo del Santuario y alaxas del glorioso Santo Sr. San Roque al Sor. Dn. Martín de Carmona y Valenzuela que azeptó dicho nombramiento.” 

Desde mediados de este siglo XVIII se viene repitiendo el espectáculo de fuegos en la víspera del día del patrón San Roque, prácticamente ininterrumpido hasta nuestros días. Los fuegos en la noche del 15 de agosto, según este documento de 1749, se constituyen por tanto en el regocijo popular más tradicional de las fiestas patronales.

“Dixeron que repecto de ser de la obligazión desta Villa hazer y zelebrar la fiesta de Sor. Sn. Roque su Patrono el dia diez y seis de Agosto proximo que se sigue acordaron que con efecto se haga con la maior obstentazión que sea posible traiendo para ello la musica de la ziudad de Anduxar y para la Bocazión de la noche de la vispera se hagan fuegos hasta en cantidad de zien reales poco mas o menos y los demas gastos de zera y sermon con la limosna que se juntare de los vezinos de esta Villa, y en caso que no sea vastante sus merzedes daran la providencia correspondiente para el cumplimiento de todo." 

La segunda mitad del siglo XVIII, en las relaciones entre el cabildo municipal y el Priorato y beneficiados de la Iglesia Parroquial, supone un constante enfrentamiento ante cuestiones relacionadas con las manifestaciones de religiosidad y el control que ambas instituciones ejercían sobre los patronatos de obras pías. En 1758, el Prior D. Cristóbal Castejón exigió la licencia episcopal para la celebración de la fiesta de San Roque y el pago de los derechos por tal celebración, a costa del cabildo, según la promesa votiva. La problemática situación ante la inminente llegada de los días festivos, quedó recogida en el acta del cabildo del 14 de agosto de 1758:

”En la Villa de Arjonilla en catorce días del mes de Agosto de mill setecientos cinquenta y ocho años estando en las Casas Capitulares de ella su merced el Concexo justicia y regimiento de esta Villa a saver los Señores Don Pedro Trapero y Ortega y Estevan de Mercado alcaldes ordinarios en ambos estaos Don Roque Ximénez de Morales Cavallero del Orden de Calatrava Don Pedro Pastor Serrano Juan de Calatrava Juan de Morales Garza y Francisco Relaño Jándula regidores perpétuos della juntos asímismo con Don Rafael Ximénez de Aguilar regidor perpétuo, juntos para tratar y conferir las cosas tocantes al Servicio de ambas majestades vien y divindad de los vecinos de esta Villa acordaron lo siguiente. En este cavildo por sus mercedes Se dixo que respecto a que de tiempo inmemorial esta Villa y especialmente desde los años de mil seiscientos dos y mil seiscientos cuatro que se hizo boto al Sr. San Roque eligiendose por su patrono en que celebraren sus acuerdos asistiendo a ellos los señores doctores Don Gerónimo Díaz y Don Sevastián de Bonilla y León priores que a la sazón eran de la Yglesia Parroquial de esta Villa con otros caballeros eclesiásticos de ella y capitulares que componían en concexo y constan del acuerdo y boto citado eligiendo por tal patrono a dicho glorioso Santo lo que se ha observado hasta de presente haciendo la fiesta todos los años asistiendo los párrocos y clero como la Villa sin haber pedido licencia en ningún tiempo para dicho acto a los Señores Obispos y sus Provisores deste obispado ni ninguno de los señores priores tornado hacer dicha fiesta hasta aora que sus mercedes tienen noticia que Don Juan Ximénez de Aguilar uno de Comisarios nombrados para la citada fiesta que Don Cristóbal Castejón Prior de la Yglesia Parroquial de esta Villa quiere y ha manifestado que para hacer la fiesta próxima al Glorioso Santo Patrón se despache por licencia de Señor Provisor y Vicario General de este Obispado yntentando al mismo tiempo se paguen los derechos de dicha fiesta lo que uno y otro no ha sido practicado desde que se otorgó la obligación del dicho Boto a nuestro Glorioso Santo en cuia posesión y buena fe ha estado esta Villa y dicho Señor Prior vio en el año antecedente sin licencia practicarse la expresada funsión siendo mal ynformado para perturbar y embozar la fiesta tan principalísima que esta Villa tiene al Santo Patrón estando prevenido todo lo necesario para el maior culto como ser correspondientes fuegos, música y demás aparatos que se necesitan para ello a costa de esta Villa y su común vecindad tan afectuosa a dicho Santo Patrón. Es muy de la obligación de esta Villa que por el presente escribano que lo es de su Ayuntamiento se pase recado y haga saver a dicho Señor Prior que se halla pronto a cumplir con su obligación de asistir a la función y pagar los derechos que pida y sean correspondientes a dicha fiesta en la protesta de acudir al Ilustrísimo Señor Obispo deste Obispado o su provisor en caso de que se excuse dicho Señor Prior y que no se atribuia en tiempo alguno a esta Villa culpa ni omisión de lo que deve cumplir pues lo desea con el mayor anelo y evitar los escándalos que se puedan originar no tan sólamente en esta Villa sino en los lugares circumbecinos del Reyno por ser función que concurren a ella muchos forasteros y que de lo que dicho Señor Provisor respondiese el presente escribano porque a continuación diligencia y que de ella y deste acuerdo se forme testimonio para los efectos que convengan” 

La fiesta debió celebrarse, cuando las actas siguientes callan al respecto. Tan sólo aparece en una diligencia posterior, el despacho del Prior D. Cristóbal Castejón solicitando la determinación sobre el asunto por parte del provisor y vicario general del Obispado. Resulta extraña la ignorancia de los capitulares respecto a la aprobación canónica del Voto, manifestada en la expresión "sin haber pedido licencia en ningún tiempo para dicho acto a los Señores Obispos", cuando ya vimos que en 1642 se había solicitado la aprobación canónica al Cardenal Moscoso Sandoval. Aparte de estas consideraciones, hay que señalar que en estos casos el talante del comisario o mayordomo jugaba un papel de primer orden entre ambas instituciones. Sobre Juan Jiménez de Aguilar, comisario nombrado aquel año para el festejo, aparece de nuevo en la documentación, en agosto de 1766, solicitando su designación como comisario por el mucho amor y devoción que le tiene a este Santo.

Esta práctica será habitual a partir de entonces, por parte de los capitulares, que por iniciativa propia solicitan al cabildo su designación como comisarios de fiestas, obligados por promesas y quizá también por tratarse de un cargo que reportaría prestancia a quien lo ostentara en días tan festivos. Tras haber ejercido de comisario Juan Jiménez de Aguilar, son dos hermanos pertenecientes a un linaje de reconocida hidalguía en la Villa, los que solicitan el favor capitular.

“Noble e Ilustre Ayuntamiento: D. Pedro y D. Lope Ximénez de Soto, Hermanos y bezinos de esta Vª ante V.s. (como deben) dicen que en atención de hallarse obligados por cierta promesa a obsequiar servir y celebrar en todo lo posible que sus fuerzas alcancen a Nº.S. Patrono el Sr. S. Roque se sirva Nombrarlos Comisarios para este dicho que sigue de mil setezientos sesenta y ocho, para que de esta suerte queden exsonerados de su obligazión o promesa y desempeñado su afecto que esperan de V.s." 

Las últimas décadas del siglo XVIII son malos tiempos para la recaudación de limosnas, de un vecindario acosado por las continuas demandas para el interminable rosario festivo. En 1775, Carlos III prohibe la asistencia de las cofradías al Santuario de la Virgen de la Cabeza, y en Arjonilla, el cabildo municipal considera necesario en su sesión capitular de 23 de junio, prohibir a las cofradías la demanda de limosnas con las tazas, a excepción de la de las Benditas Ánimas, Santísimo Sacramento, si la tiene y Patrón Señor San Roque, por la obligación del Voto que le tiene hecho esta Villa. La disminución de las limosnas del vecindario promueve otras formas recolectoras, como la organización de comedias, a cargo de los comisarios de fiestas. Un caso curioso representa el memorial que el comisario de fiestas D. Pedro Jiménez de Soto, a quien ya vimos había solicitado el cargo a causa de una promesa, dirige al cabildo renunciando a su obligación, por haber sido obligado a suspender la comedia, en la que se había ocupado durante cuatro meses.   

“Noble e Ilustre Ayuntamiento: D. Pedro Bernardo Ximénez de Soto, bezino de esta villa y Alcalde de la Sta. Hermandad /.../ dice: Ya sabe, que en el día 24 del mes de febrero de este presente año de 1777, le honró con el nombramiento de Diputado o Comisario para las funciones o fiestas del Corpus y Sr. S. Roque, y conociendo V.S. la cortedad del tiempo (para que hubiese de aceptar) le amplió facultades y licencia para comedias; en el día en virtud del acuerdo que V.S. celebró últimamente, se le manda por medio del presente escribano, suspenda dicha comedia y siendo así que dicha aceptación para el costo de fiesta y obras del Sr. San Roque y su hermita, nació de dicha circunstancia y habiéndole faltado a ella, se halla fuera (según las predictas condiciones) de la obligación de la fiesta de Nuestro Santo Patrono, para que desde luego pueda V.S. determinar otro sujeto o sujetos que desempeñen dicha comisión se aparta y renuncia de dicho nombramiento porque aunque haya percebido algunas limosnas para con el motibo de dicha fiesta las a inbertido en los gastos de quatro meses que ha durado la habilitación de dicha comedia. Discurriendo siempre ser este el modo de solemnizar más y más la prenominada fiesta. No es la primera comisión de V.S. le ha confiado de esta especie, pues con esta lleva cinco, y siempre las ha desempeñado con el honor que todos saben, pues en la primera no habían en la antedicha hermita ni aún siquiera ornamento con que zelebrar el Sto. Sacrificio de la Misa; y a mis espensas o solicitud se hizo el que a presente sirve. En otros he cumplido (aunque haya pasado), con lo que mis fuerzas han podido...”  

Las comedias también se representaban por pequeñas compañías transeúntes, según el siguiente documento, que refleja la permanencia en la Villa de dos comediantes, hasta primeros del mes de septiembre, en el ejercicio de habilidades liberales de maromas en un contrato entre un extranjero y un vecino de la Villa y Corte de Madrid, conservado en los protocolos notariales de Arjonilla:

"En la Villa de Arjonilla en dos días del mes de Septiembre de mill setezientos treinta y dos años, ante mí el Ssno. Público y testigos parezieron presentes Dn. Félix Kiski natural que dixo ser de la ziudad de Caminez reinado de Bolonia y Manuel Cavañas vezino que dixo ser y natural de la Villa y Corte de Madrid a quien doi fee conozco y dijeron hizieron trato y compañía en la Plaza y Presidio de Zeuta el día primero de febrero pasado de este año de que el dho. Manuel Cavañas avia de asistirle por tiempo de un año contado desde el zitado día en el exerzizio de avilidades liverales de maromas y otras con la obligazión de darle en cada un mes de salario treinta y siete reales i medio de comer ropa limpia y cama y enseñarle a tocar el biolin siendo el travajo del dicho Manuel Cavañas asistir al tablado de Plaza y a la maroma en la Casa de Comedias y a poner cortinas y maromas tocar la caxa aiudar a hazer rezetas y entremeses y lo demas que corresponde a dho. exerzizio con pena de zinquenta pesos al que faltase de dho. trato"

En el siglo XVIII, la devoción a San Roque se encuentra plenamente arraigada en la población, que a pesar de ver a sus gobernantes municipales asentados perpetuamente en los escaños del cabildo, acuden en masa a las rogativas oficiales y a las demandas de trigo que la escasez de los tiempos obliga. La promesa colectiva del Voto, tiene su prolongación en las pequeñas obligaciones que los devotos adquieren con su santo Patrón, como la promesa que D. Benito Calmaestra realiza en su testamento de 1784: "Encargo y pido y suplico a mi hermana Dª Joaquina de Calmaestra me haga la caridad de ir a la ermita de Señor San Roque y rezarle al bendito Patrón veinte Padres nuestros y Aves Marías respecto a que por la imposibilidad en que me veo no lo he podido ejecutar por mi propia persona".