jueves, 30 de enero de 2014

Santa Brígida, la ermita y Cofradía de una antigua devoción arjonillera

Ermita de Santa Brígida, según dibujo de
D. Manuel Cuesta Hernández
Artículo publicado en el Programa de Fiestas de San Roque

Ildefonso Rueda Jándula

Algunos nombres de nuestras calles representan el último testimonio del pasado, de la vida de quienes nos precedieron en la historia de nuestro pueblo. Entre aquellos tiempos remotos y nuestro presente, el rótulo de la calle Santa Brígida apenas manifiesta la vinculación de esta calle con una de las más antiguas ermitas y cofradías de Arjonilla, desaparecidas ambas, porque las devociones de religiosidad popular, como expresión humana también tienen su ciclo vital.

En una rápida aproximación a muchos pueblos de la Orden de Calatrava, comprobamos que la devoción a Santa Brígida pudo estar vinculada a los calatravos, quizá porque la espiritualidad de la Orden hundía sus raíces en los movimientos de reforma emprendidos en el bajomedievo por algunas órdenes monásticas. Lo inusual de esta devoción en tierras jienenses y su desconocida introducción en nuestro pueblo, podría llevarnos a hacer literatura histórica, tan de moda, pero en este caso nos remitiremos a los dos principales documentos que nos hablan de esta devoción en el Arjonilla del siglo XVI.

La ermita de Santa Brígida

En un informe de las rentas y caudales con los que se construían las ermitas de Arjonilla en el siglo XVI, ante los alcaldes y regidores de la Villa testificó en 1.569 el vecino Francisco Barrera “el viejo”, quien respondió al interrogatorio conservado en la sección de Órdenes militares del Archivo Histórico Nacional. El testigo manifestó: “Sabe que hay en esta Villa otra ermita que se dice Santa Brígida que le esta edificada fuera del pueblo junto a unas casas de Bartolomé de Carmona, en camino que va de esta Villa a la Villa de Arjona la cual no tiene renta alguna y que el testigo lo ha visto edificar dos veces y se a hecho de limosnas de la buena gente y en esta ermita se celebra su fiesta y se dice en ella Vísperas y misa cuando hay su fiesta.”

El mismo informe nos ofrece según la declaración de Luis Ruiz “el viejo”, mayordomo de la Cofradía de Nuestra Señora de los Sábados (Purificación o Candelaria), el estado del resto de las ermitas de la Villa, que en esta segunda mitad del siglo XVI era el siguiente “Dijo que sabe que en esta villa hay una ermita de Señor San Roque que esta por acabar de cubrir en el camino que va de esta villa a Córdoba y otra que es de Señor San Cristóbal fuera de la Villa en la majadilla que dicen y otra camino Arjona que se llama Santa Brígida fuera de la villa linde de casas de Bartolomé de Carmona y otra ermita de Señor San Sebastián en camino Andújar dentro de la Villa linde de casas de Pedro Sánchez Panduro y de la de Alonso García Pedregosa y otra que se llama la Concepción de nuestra Señora en la Villa dentro linde de casas de Pedro Serrano y de los herederos de Diego del Carpio clérigo y que en la fortaleza hay otra Iglesia que ha oído decir que antiguamente era donde se celebraban los divinos oficios y otra Iglesia fuera de la villa que se dice Nuestra Señora de Valrico donde hasta ahora se han celebrado los divinos oficios y que no ay otras Iglesias ni ermitas más que estas y la Iglesia mayor de esta villa que es de la vocación de nuestra Señora de la Anunciación.”

A partir de la celebración de la festividad de Santa Brígida, se institucionaliza la Cofradía mediante la solicitud de aprobación de los Estatutos, conservados en el Archivo Histórico Diocesano de Jaén. El segundo documento que presento, representa uno de los pocos estatutos de cofradías arjonilleras en el siglo XVI, lo que nos permite conocer el funcionamiento de las cofradías al tiempo de la configuración de las más importantes devociones religiosas de la localidad.

Estatutos de la Cofradía de Santa Brígida

“En el nombre de la Santísima Trinidad y de la bienaventurada señora santa Brígida Amén.

Movidos los corazones de algunos fieles cristianos con celo de servir a nuestro Señor Jesucristo y a la bienaventurada señora Santa Brígida acordaron de hacer una hermandad y cofradía de la bienaventurada Señora Santa Brígida porque ella interceda con Dios que nos libre de todo mal y sea rogadora a nuestro Señor Jesucristo y a su bendita madre por nos y por los temporales que nos los envíe como su majestad se sirva y a nuestras conciencias convenga. Amén.

Capítulo primero de las fiestas de esta Cofradía

Yten. Ordenamos questa Cofradía y hermandad se a obligada a hacer decir la fiesta de la bienaventurada Sª Santa Brígida en su fiesta que es el primero de febrero de cada un año que los clerigos de la Iglesia mayor desta villa la víspera de la bienaventurada Sra. Santa Brígida y el día de su festividad vengan en procesión a decir misa toda la clerecía cantnado como se acostumbra hacer en las demás fiestas desta Villa cuando llegan sus festividades y por ello se les de de limosna a los clérigos lo acostumbrado por la dicha fiesta e procesión.

Capítulo segundo de la misa de cada mes

Yten. Questa cofradía sea obligada que en la dicha ermita se diga una misa rezada cada un mes del año, la cual se diga el martes primero que llegare por uno de los clérigos que sirven en la Iglesia mayor desta Villa y si acaso estuvieren ocupados en los oficios y solemnidad de la Iglesia mayor desta Villa el dicho día que la puedan decir el día questuvieren desocupados con que no se pase de la dicha semana por la cual misa se pague de limosna al clerigo que la dijere la limosna acostumbrada.

Capítulo tercero de la cera y misa para los difuntos

Yten. Ordenamos que cada y cuando algún hermano desta Cofradía falleciere se le den cuatro antorchas de cera blanca para su entierro se le diga por su ánima en esta ermita una misa rezada por el prior o servidores de la dicha Iglesia mayor desta Villa y si acaso estuvieren ocupados en los oficios de la Iglesia mayor que la pueda decir otro clérigo que señalare el gobernador mayordomo de la dicha cofradía la cual se diga en honor y reverencia del santo que ocurriere aquel día en honor y reverencia de Sra. Sta. Brígida y se de la limosna acostumbrada y que para el altar y ciriales se provean por la dicha cofradía seis velas de cera blanca de a cuatro en libra para el altar y procesión. Y cuatro antorchas de cera blanca para los entierros de los hermanos difuntos.

Capítulo cuarto del gobernador y mayordomo

Yten. Ordenamos questa hermandad y cofradía aya un gobernador y un mayordomo para gobierno de la dicha cofradía los cuales se elegirán venida la confirmación de la dicha cofradía luego dentro de ocho días y que los tales gobernador y mayordomo sirvan los dichos oficios de dos en dos años y no más, la cual elección de oficios se haga cumplidos los dos años o en su octavario de la fiesta de la bienaventurada Señora Santa Brígida la cual se haga por los hermanos cofrades que a ello se hallaren después de lo haber dicho e publicado por el clérigo que la misa mayor dijere en la Iglesia mayor desta Villa día de fiesta para que se junten a ello en la dicha ermita que no se haga de otra manera e ansí fecho los dichos gobernador y mayordomo e aceptados los dichos oficios hagan la solemnidad del juramento que en tal caso de derecho se requiere y luego se vea el día que se oliere de tomar cuenta al mayordomo y gobernador pasados.

Capítulo quinto sobre las cuentas y que no se den censos sin acuerdo de los oficiales y cofrades

Yten. Ordenamos que tomadas las cuentas de la dicha cofradía y por las dichas cuentas pareciere que la dicha cofradía tiene muncha suma de maravedís que no se puedan dar a censo a persona alguna sin que primero haya acuerdo por los oficiales y cofrades de la dicha cofradía y en caso que se hubiere de dar a censo que no se den ni puedan dar al mayordomo que de presente fuere a quien se hubiere tomado la dicha cuenta por que de ello puede resultar muncho daño y perjuicio a la dicha cofradía.

Capítulo sexto de la limosna de la entrada y que se pueda heredar

Yten. Ordenamos e instituimos que todas las personas que quisieren entrar por hermanos desta cofradía y hermandad han de dar de limosna cada uno ansí hombre como muger dos reales y si acaso en algún tiempo por razón de los gastos que se pueden causar en la quiebra de la reedificación de la ermita o en otras cosas importantes la dicha cofradía si fuese necesario de dicho socorro han de acudir los dichos hermanos con la limosna que fuese necesaria ordenamos por los oficiales della y hermanos por que no se pierda la dicha cofradía y que vaya en aumento pues se hace para el servicio de nuestro Señor y de la bienaventurada señora Santa Brígida. Y queremos y es nuestra voluntad questa cofradía se herede en esta manera. Que el hijo por casar herede del padre. Y la hija por casar herede de la madre pagando de limosna la mitad de la entrada que de presente se pagare.

Capítulo séptimo de las personas que han de llevar las andas

Yten. Ordenamos que cada y cuando se oliere de sacar la bienaventurada Sra. Sta. Brígida en procesión para la llevar en sus andas que ninguna persona sea osada de tomar de las dichas andas si no fueren las personas que por el gobernador y mayordomo fuere ordenado y las lleven sopena de habidos por no cofrades que paguen por el atrevimiento esto cada uno dos reales y lo mismo se entiende en el llevar de las antorchas que no las tome persona alguna hasta tanto que los oficiales las den a quien las ubiere de llevar sopena de un real para la dicha cofradía.

Capítulo octavo de los clérigos

Yten. Ordenamos que atento ques cosa justa que los clérigos desta Villa honren que es bien a la bienaventurada Señora Santa Brígida en sus festividades y en lo demás que se ofreciere ansi como en procesiones y fiestas y en otras cosas que son recebidos en esta Cofradía gratis para que gocen della como los demás hermanos cofrades y los dichos clérigos tengan obligación e cuidado de lo cumplir y asistir a sus fiestas en procesión de la dicha cofradía.

Yten. Ordenamos que por que es cosa muy necesaria e conviniente que cada y cuando que en honra de nuestro señor y de la bienaventurada Señora Santa Brígida si ofreciere e hubiere necesidad de ordenar algún estatuto que convenga a esta cofradía que nos gobernadores y oficiales desta Cofradía lo puedan hacer estando presente a ello el prior de la Iglesia mayor desta Villa que se pueda usar del siendo primero confirmado e aprobado por su señoría el Obispo de Jaén o por su provisor todo lo cual pedimos y suplicamos a su Señoría reverendísima de Jaén mande confirmar e confirme y lo firmaron de sus nombres en la Villa de Arjonilla en ocho días del mes de abril de mil y quinientos y ochenta y cuatro años. Miguel de Morales. Pedro López. Jerónimo de Lara. Por su mandado, Antonio Ruiz escribano.

Los Estatutos de la Cofradía de Santa Brígida fueron aprobados, según el documento del Archivo Histórico Diocesano firmado por el Provisor del Obispado el canónigo Matías Rodríguez de Melgar, ocupando la sede episcopal el gran Obispo D. Francisco Sarmiento de Mendoza.