Ildefonso Rueda Jándula
Una de las piezas patrimoniales que destacan de la iconografía particular de la imagen de San Roque, patrón de Arjonilla, sin duda que es el sombrero de plata donado en el siglo XIX por la Religiosa exclaustrada Dª Ana Bernarda Jiménez Ramírez de Valenzuela. Aunque este sombrero fue donado a la imagen antigua del Patrón de esta localidad, destruida en la guerra civil española, ha pervivido en el tiempo, quizá por quienes arriesgaron sus vidas para salvaguardar el patrimonio religioso, tratándose de elementos singulares que formaron parte de la identidad local.
Sobre este sombrero de plata, ya publicamos su realización por plateros cordobeses en el siglo XIX, posiblemente Mariano Martínez, mientras que certificó la calidad de la obra el fiel contraste Rafael de Martos y Luque, así como algunos rasgos biográficos de la donante, la religiosa exclaustrada de las Capuchinas de Andújar, Dª Ana Bernarda Jiménez Ramírez de Valenzuela. De esta religiosa conservamos también en un muro lateral de la ermita de la Soledad una inscripción, que refiere su patrocinio sobre unas obras de consolidación de la ermita. (1)
La memoria de los mayores de la Villa, conservó el hecho del hallazgo del sombrero de plata, junto con el exvoto que pende del bordón, por el vecino Roque Ruano Bejarano, a mediados de la década de los años 50 del pasado siglo, durante las labores de limpieza de un pozo de un huerto en la Calle Erillas. (2).
La investigación en la variada documentación de los protocolos notariales, nos ha permitido recientemente encontrar el testamento de Dª Ana Bernarda Jiménez Ramírez de Valenzuela, realizado ante el escribano público D. José María Valenzuela, en 1859, tres años después de la realización y donación del sombrero. La testadora dispuso la forma en la que habría de conservarse este sombrero, junto con el collar del perro. Desconocemos por el momento, si esta segunda pieza, el collar del perro, es la que actualmente se conserva. La manda testamentaria en cuestión refiere lo siguiente:
“Es mi voluntad que Francisco Hernández y Hernández mi ahijado se entregue en el sombrero de plata de San Roque y en el collar del Perro con el cajón y pañuelo de seda en que se envuelve teniendo el dicho Hernández el deber de conservarlo en la forma que yo lo proactivo, y por su fallecimiento que tenga igual derecho su hijo Roque Hernández Pérez siendo mayor de diez y ocho años, y antes de esta edad cualquiera de mis Albaceas. Y en el caso de que el Gobierno o calquiera persona quisiese disponer de dicha Alaja para su venta o en otra cualquier forma mando que mis Albaceas la enajenen como mejor les pareciere, y su importe se reparta a los pobres necesitados de esta Villa por ser así mi voluntad”.
El testamento en su conjunto es un documento de gran interés por cuanto nos acerca a la religiosidad de una religiosa exclaustrada, a mediados del siglo XIX, pero con raíces devocionales en su localidad de origen. En las invocaciones iniciales en las que encomienda su alma, la testadora ya dejó bien claro que ponía su alma bajo la intercesión de Nuestra Señora de la Soledad y del Patrón San Roque. En una de esas disposiciones, también legó una alhaja de su propiedad, para el caso de que se necesitasen fondos para acabar las obras de la ermita de la Soledad: “A Nuestra Señora de la Soledad, le lego cuatro hilos de perlas que tengo para atender cuando falte a su aumento y reparación de su ermita”.
Por la singularidad de la pieza patrimonial que supone el sombrero de plata de San Roque y por la personalidad de la donante, Dª Ana Bernarda Jiménez Ramírez de Valenzuela, me parece oportuno incluir la transcripción completa del testamento. Una vez más, la Historia viene a recuperar nuestra memoria y nos mueve al aprecio de lo que fuimos.
AHPJ. Protocolos. Leg. 5866. Fol. 568 y siguientes. Testamento de Dª Ana Bernarda Jiménez Ramírez de Valenzuela ante José María Valenzuela. 30 de Octubre de 1859
“En el nombre de Dios todopoderoso. Amén. Yo Dª Ana Bernarda Jimenez Ramírez de Valenzuela religiosa exclaustrada del convento de Santa Clara de Andujar mayor de setenta años natural y vecina que soy de esta Villa de Arjonilla. Hija de D. Pedro Bernardo Jimenez y de Dª Margarita Ramírez de Valenzuela ya difuntos, encontrándome enferma en campen las casas de mi morada con la enfermedad que Dios nuestro Señor se ha servido enviarme, pero en mi entero y cabal juicio, memoria, entendimiento y voluntad, natural creyendo como firmemente creo y confieso en el divino misterio de la Santísima Trinidad, Dios Padre; Dios Hijo y Dios Espíritu Santo; tres personas distintas y un solo Dios verdadero, en el de la Encarnación del Verbo divino, Purisima Concepción de Nuestra Señora la Virgen María, en todos los demás misterios y Sacramentos en que cree y confiesa nuestra Santa Madre Iglesia Católica, Apostólica, Romana bajo de cuya sagrada fe y creencia he vivido, vivo y protesto vivir y morir como fiel cristiana, tomando por mi intercesora a la Reina de los Angeles María Santísima en el trance y advocación de su angustiosa Soledad, y al Bendito Señor San Roque mis especiales abogados, de todos los pecadores, temerosa de la muerte que es natural y precisa a toda criatura, digo que hago y ordeno mi testamento en la forma siguiente.
Lo primero encomiendo mi alma a Dios y el cuerpo mando a la tierra luego que sea cadaver debiendo ser sepultado en el cementerio público de esta Villa, amortajado con el hábito de mi religión y entierro de segunda clase.
Lego a las mandas pías lo acostumbrado por una vez e mando se apliquen por mi ánima e intención veinte misas rezadas de la limosna de cinco reales cada una, celebradas por los sacerdotes de esta Parroquial.
Ordeno que el día que esté de cuerpo presente se me hagan decir por cada sacerdote de los de esta Villa una Misa de la limosna de veinte reales y otras tantas del mismo estupendo a los nueve días.
Dispongo asimismo que en el dicho día se reparta de limosna a los pobres de este pueblo por los albaceas que nombrare el valor de reales vellón de seis fanegas de trigo e igual cantidad el dia del novenario encargándoles me encomienden a Dios Nuestro Señor.
Lego y mando que de mis bienes en clase de limosna les den a mis hermanas de religión, que se hayan en el Convento de Capuchinas de Andújar, y si hubiesen finado éstas a la Comunidad, la suma de dos mil reales Vellón para que encomienden mi alma a Dios.
Nombro por mis albaceas testamentarios contadores y partidores extrajudiciales a los Señores D. Francisco de Paula Herrera Prior de esta Parroquial, al Presbítero de la misma D. Juan de Rivas Navarrete, y a D. Antonio Hernández Abogado de los tribunales nacionales de esta vecindad, a todos tres de mancomun y a cada uno de por si o insolidum, suplicándoles este encargo pues confío y en ellos y en su ilustración, cumplirán mi voluntad, dentro o fuera de lo legal, que les prorrogo y concedo para dicho fin todas las facultades que el derecho les concede por sus cargos.
Lego un baúl a cada uno de mis albaceas, con la obligación de encomendarme a Dios los dos primeros, diciendo cada uno una misa por mi alma y el segundo en sus oraciones.
Mando que al Sr. Prior de esta Parroquial D. Francisco de Paula Herrera se entregue en una mesa sobremesa una toalla y unos manteles grandes labrados para los fines que le tengo comunicados.
A Nuestra Señora de la Soledad, le lego cuatro hilos de perlas que tengo para atender cuando falte a su aumento y reparación de su ermita.
A Dª Francisca de Paula Jiménez mi sobrina de esta vecindad, le lego seis fanegas de trigo, dos sábanas, dos almohadas, una colcha de percal verdoso y la (…) grande trebejes y dos velones de la cocina.
A Dª Teresa Ramírez hija de la Sra. Dª Francisca de Paula, dos sábanas, dos almohadas, una colcha de sabana, un rosario cruz plata y San Antonio, y almirez.
A D. Diego Manuel Ramírez hermano de Dª Teresa, un catre, cuatro sabanas, cuatro almohadas, dos colchones y colcha de percal negro.
A Francisco Hernández Hernández tres fanegas de trigo.
A Dª Encarnación Ramírez Ruiz, dos almohadas y una sábana y cuarenta reales en metálico para un paño.
A María José Hernández una camisa nueva, el pañuelo diario de mi uso y el mandil.
A Ana Bueno Carmona un vestido nuevo consistente en unas enaguas blancas y una camisa.
Mando que se paguen por una vez ciento veinte y tres reales para el gasto de la Fiesta de la Virgen de los Dolores y viernes santo en la tarde.
Lego a mi sobrino D. Bernardo Jimenez y Alférez de esta vecindad los atrasos que me está debiendo el gobierno por mi renta de monja exclaustrada y los que asimismo me corresponden por herencia de mi hermano D. Luis Jiménez teniente de infantería retirado que fue en esta Villa y además tres duros en metálico para que compre un vestido a su niña.
Lego al Hospital de esta Villa dos sábanas de dos piernas y media de tiranizo, dos almohadas de encaje y seis libras de chocolate.
Además del legado que dejo hecho a mi sobrina Dª Teresa Ramírez le dejo los candaditos de oro que tengo puestos y un vestido de Orleans de los llamados de Madrid.
Es mi voluntad que Francisco Hernández y Hernández mi ahijado se entregue en el sombrero de plata de San Roque y en el collar del Perro con el cajón y pañuelo de seda en que se envuelve teniendo el dicho Hernández el deber de conservarlo en la forma que yo lo proactivo, y por su fallecimiento que tenga igual derecho su hijo Roque Hernández Pérez siendo mayor de diez y ocho años, y antes de esta edad cualquiera de mis Albaceas. Y en el caso de que el Gobierno o calquiera persona quisiese disponer de dicha Alaja para su venta o en otra cualquier forma mando que mis Albaceas la enajenen como mejor les pareciere, y su importe se reparta a los pobres necesitados de esta Villa por ser así mi voluntad.
A mi sobrino D. Diego Ramirez Valenzuela mando se le entregue el cuadro de San Cayetano.
Es igualmente mi voluntad que las dos quintas partes de casa que me corresponden las que hago mi morada se vendan en publica subasta y se digan de misas los intereses que dieren por ellas, aplicando por las almas de mis difuntos padres, hermanos y bienhechores.
Y por último, que de los demás mis bienes muebles e inmuebles y enseres de todas clases que me pertenecen se vendan también por mis albaceas en pública almoneda y su valor se dé de limosna a los pobres de esta Villa, repartiendo según tengan necesidad.
Y por el presente reboco todos y cualesquiera testamentos poderes para testar y codicilos que antes tenga otorgados en cualesquiera forma para que no valgan ni hagan fe en juicio ni fuera del, sino el presente testamento que mando se tenga guarde y cumpla como tal en aquella vida y forma que más pueda y deba valer en derecho. Asi lo dijo y otorgó la testadora a quien doy fe conozco y por expresar no poder firmar efecto de su gran debilidad y escaso pulso lo hace a su ruego uno de los testigos que se expresaban ante mi el insfrascripto escribano publico de esta Villa de Arjonilla en ella a treinta de octubre de mil ochocientos cincuenta y nueve siendo los presentes llamados y rogados Sebastian Plaza, Francisco Hernández Hernández, y Juan Mercado de esta vecindad. Ante mi Jose María Valenzuela.
- RUEDA JÁNDULA, I: “San Roque, Patrón de Arjonilla”. Fundación Caja Rural de Jaén, 2008.
- RUEDA NEVADO, A: “Roque Ruano Bejarano, autor del hallazgo del sombrero de San Roque”. Crónica de Arjonilla. 5 de agosto de 2025.


