domingo, 16 de agosto de 2026

EL SOMBRERO DE PLATA DE SAN ROQUE, PATRÓN DE ARJONILLA SU CUSTODIA, SEGÚN LAS DISPOSICIONES TESTAMENTARIAS DE LA DONANTE

Ildefonso Rueda Jándula

Una de las piezas patrimoniales que destacan de la iconografía particular de la imagen de San Roque, patrón de Arjonilla, sin duda que es el sombrero de plata donado en el siglo XIX por la Religiosa exclaustrada Dª Ana Bernarda Jiménez Ramírez de Valenzuela. Aunque este sombrero fue donado a la imagen antigua del Patrón de esta localidad, destruida en la guerra civil española, ha pervivido en el tiempo, quizá por quienes arriesgaron sus vidas para salvaguardar el patrimonio religioso, tratándose de elementos singulares que formaron parte de la identidad local.  


Sobre este sombrero de plata, ya publicamos su realización por plateros cordobeses en el siglo XIX, posiblemente Mariano Martínez, mientras que certificó la calidad de la obra el fiel contraste Rafael de Martos y Luque, así como algunos rasgos biográficos de la donante, la religiosa exclaustrada de las Capuchinas de Andújar, Dª Ana Bernarda Jiménez Ramírez de Valenzuela. De esta religiosa conservamos también en un muro lateral de la ermita de la Soledad una inscripción, que refiere su patrocinio sobre unas obras de consolidación de la ermita. (1)


    La memoria de los mayores de la Villa, conservó el hecho del hallazgo del sombrero de plata, junto con el exvoto que pende del bordón, por el vecino Roque Ruano Bejarano, a mediados de la década de los años 50 del pasado siglo, durante las labores de limpieza de un pozo de un huerto en la Calle Erillas. (2).  


La investigación en la variada documentación de los protocolos notariales, nos ha permitido recientemente encontrar el testamento de Dª Ana Bernarda Jiménez Ramírez de Valenzuela, realizado ante el escribano público D. José María Valenzuela, en 1859, tres años después de la realización y donación del sombrero. La testadora dispuso la forma en la que habría de conservarse este sombrero, junto con el collar del perro. Desconocemos por el momento, si esta segunda pieza, el collar del perro, es la que actualmente se conserva. La manda testamentaria en cuestión refiere lo siguiente: 



“Es mi voluntad que Francisco Hernández y Hernández mi ahijado se entregue en el sombrero de plata de San Roque y en el collar del Perro con el cajón y pañuelo de seda en que se envuelve teniendo el dicho Hernández el deber de conservarlo en la forma que yo lo proactivo, y por su fallecimiento que tenga igual derecho su hijo Roque Hernández Pérez siendo mayor de diez y ocho años, y antes de esta edad cualquiera de mis Albaceas. Y en el caso de que el Gobierno o calquiera persona quisiese disponer de dicha Alaja para su venta o en otra cualquier forma mando que mis Albaceas la enajenen como mejor les pareciere, y su importe se reparta a los pobres necesitados de esta Villa por ser así mi voluntad”. 


El testamento en su conjunto es un documento de gran interés por cuanto nos acerca a la religiosidad de una religiosa exclaustrada, a mediados del siglo XIX, pero con raíces devocionales en su localidad de origen. En las invocaciones iniciales en las que encomienda su alma, la testadora ya dejó bien claro que ponía su alma bajo la intercesión de Nuestra Señora de la Soledad y del Patrón San Roque. En una de esas disposiciones, también legó una alhaja de su propiedad, para el caso de que se necesitasen fondos para acabar las obras de la ermita de la Soledad: “A Nuestra Señora de la Soledad, le lego cuatro hilos de perlas que tengo para atender cuando falte a su aumento y reparación de su ermita”. 


Por la singularidad de la pieza patrimonial que supone el sombrero de plata de San Roque y por la personalidad de la donante, Dª Ana Bernarda Jiménez Ramírez de Valenzuela, me parece oportuno incluir la transcripción completa del testamento. Una vez más, la Historia viene a recuperar nuestra memoria y nos mueve al aprecio de lo que fuimos. 





AHPJ. Protocolos. Leg. 5866. Fol. 568 y siguientes. Testamento de Dª Ana Bernarda Jiménez Ramírez de Valenzuela ante José María Valenzuela. 30 de Octubre de 1859



“En el nombre de Dios todopoderoso. Amén. Yo Dª Ana Bernarda Jimenez Ramírez de Valenzuela religiosa exclaustrada del convento de Santa Clara de Andujar mayor de setenta años natural y vecina que soy de esta Villa de Arjonilla. Hija de D. Pedro Bernardo Jimenez y de Dª Margarita Ramírez de Valenzuela ya difuntos, encontrándome enferma en campen las casas de mi morada con la enfermedad que Dios nuestro Señor se ha servido enviarme, pero en mi entero y cabal juicio, memoria, entendimiento y voluntad, natural creyendo como firmemente creo y confieso en el divino misterio de la Santísima Trinidad, Dios Padre; Dios Hijo y Dios Espíritu Santo; tres personas distintas y un solo Dios verdadero, en el de la Encarnación del Verbo divino, Purisima Concepción de Nuestra Señora la Virgen María, en todos los demás misterios y Sacramentos en que cree y confiesa nuestra Santa Madre Iglesia Católica, Apostólica, Romana bajo de cuya sagrada fe y creencia he vivido, vivo y protesto vivir y morir como fiel cristiana, tomando por mi intercesora a la Reina de los Angeles María Santísima en el trance y advocación de su angustiosa Soledad, y al Bendito Señor San Roque mis especiales abogados, de todos los pecadores, temerosa de la muerte que es natural y precisa a toda criatura, digo que hago y ordeno mi testamento en la forma siguiente.


Lo primero encomiendo mi alma a Dios y el cuerpo mando a la tierra luego que sea cadaver debiendo ser sepultado en el cementerio público de esta Villa, amortajado con el hábito de mi religión y entierro de segunda clase.


Lego a las mandas pías lo acostumbrado por una vez e mando se apliquen por mi ánima e intención veinte misas rezadas de la limosna de cinco reales cada una, celebradas por los sacerdotes de esta Parroquial. 


Ordeno que el día que esté de cuerpo presente se me hagan decir por cada sacerdote de los de esta Villa una Misa de la limosna de veinte reales y otras tantas del mismo estupendo a los nueve días. 


Dispongo asimismo que en el dicho día se reparta de limosna a los pobres de este pueblo por los albaceas que nombrare el valor de reales vellón de seis fanegas de trigo e igual cantidad el dia del novenario encargándoles me encomienden a Dios Nuestro Señor.


Lego y mando que de mis bienes en clase de limosna les den a mis hermanas de religión, que se hayan en el Convento de Capuchinas de Andújar, y si hubiesen finado éstas a la Comunidad, la suma de dos mil reales Vellón para que encomienden mi alma a Dios. 


Nombro por mis albaceas testamentarios contadores y partidores extrajudiciales a los Señores D. Francisco de Paula Herrera Prior de esta Parroquial, al Presbítero de la misma D. Juan de Rivas Navarrete, y a D. Antonio Hernández Abogado de los tribunales nacionales de esta vecindad, a todos tres de mancomun y a cada uno de por si o insolidum, suplicándoles este encargo pues confío y en ellos y en su ilustración, cumplirán mi voluntad, dentro o fuera de lo legal, que les prorrogo y concedo para dicho fin todas las facultades que el derecho les concede por sus cargos.


Lego un baúl a cada uno de mis albaceas, con la obligación de encomendarme a Dios los dos primeros, diciendo cada uno una misa por mi alma y el segundo en sus oraciones. 


Mando que al Sr. Prior de esta Parroquial D. Francisco de Paula Herrera se entregue en una mesa sobremesa una toalla y unos manteles grandes labrados para los fines que le tengo comunicados. 


A Nuestra Señora de la Soledad, le lego cuatro hilos de perlas que tengo para atender cuando falte a su aumento y reparación de su ermita. 


A Dª Francisca de Paula Jiménez mi sobrina de esta vecindad, le lego seis fanegas de trigo, dos sábanas, dos almohadas, una colcha de percal verdoso y la (…) grande trebejes y dos velones de la cocina. 


A Dª Teresa Ramírez hija de la Sra. Dª Francisca de Paula, dos sábanas, dos almohadas, una colcha de sabana, un rosario cruz plata y San Antonio, y almirez.

A D. Diego Manuel Ramírez hermano de Dª Teresa, un catre, cuatro sabanas, cuatro almohadas, dos colchones y colcha de percal negro. 


A Francisco Hernández Hernández tres fanegas de trigo. 


A Dª Encarnación Ramírez Ruiz, dos almohadas y una sábana y cuarenta reales en metálico para un paño. 


A María José Hernández una camisa nueva, el pañuelo diario de mi uso y el mandil. 


A Ana Bueno Carmona un vestido nuevo consistente en unas enaguas blancas y una camisa.


Mando que se paguen por una vez ciento veinte y tres reales para el gasto de la Fiesta de la Virgen de los Dolores y viernes santo en la tarde. 


Lego a mi sobrino D. Bernardo Jimenez y Alférez de esta vecindad los atrasos que me está debiendo el gobierno por mi renta de monja exclaustrada y los que asimismo me corresponden por herencia de mi hermano D. Luis Jiménez teniente de infantería retirado que fue en esta Villa y además tres duros en metálico para que compre un vestido a su niña.


Lego al Hospital de esta Villa dos sábanas de dos piernas y media de tiranizo, dos almohadas de encaje y seis libras de chocolate. 


Además del legado que dejo hecho a mi sobrina Dª Teresa Ramírez le dejo los candaditos de oro que tengo puestos y un vestido de Orleans de los llamados de Madrid. 


Es mi voluntad que Francisco Hernández y Hernández mi ahijado se entregue en el sombrero de plata de San Roque y en el collar del Perro con el cajón y pañuelo de seda en que se envuelve teniendo el dicho Hernández el deber de conservarlo en la forma que yo lo proactivo, y por su fallecimiento que tenga igual derecho su hijo Roque Hernández Pérez siendo mayor de diez y ocho años, y antes de esta edad cualquiera de mis Albaceas. Y en el caso de que el Gobierno o calquiera persona quisiese disponer de dicha Alaja para su venta o en otra cualquier forma mando que mis Albaceas la enajenen como mejor les pareciere, y su importe se reparta a los pobres necesitados de esta Villa por ser así mi voluntad. 


A mi sobrino D. Diego Ramirez Valenzuela mando se le entregue el cuadro de San Cayetano. 


Es igualmente mi voluntad que las dos quintas partes de casa que me corresponden las que hago mi morada se vendan en publica subasta y se digan de misas los intereses que dieren por ellas, aplicando por las almas de mis difuntos padres, hermanos y bienhechores. 


Y por último, que de los demás mis bienes muebles e inmuebles y enseres de todas clases que me pertenecen se vendan también por mis albaceas en pública almoneda y su valor se dé de limosna a los pobres de esta Villa, repartiendo según tengan necesidad.


Y por el presente reboco todos y cualesquiera testamentos poderes para testar y codicilos que antes tenga otorgados en cualesquiera forma para que no valgan ni hagan fe en juicio ni fuera del, sino el presente testamento que mando se tenga guarde y cumpla como tal en aquella vida y forma que más pueda y deba valer en derecho. Asi lo dijo y otorgó la testadora a quien doy fe conozco y por expresar no poder firmar efecto de su gran debilidad y escaso pulso lo hace a su ruego uno de los testigos que se expresaban ante mi el insfrascripto escribano publico de esta Villa de Arjonilla en ella a treinta de octubre de mil ochocientos cincuenta y nueve siendo los presentes llamados y rogados Sebastian Plaza, Francisco Hernández Hernández, y Juan Mercado de esta vecindad. Ante mi Jose María Valenzuela. 



  1. RUEDA JÁNDULA, I: “San Roque, Patrón de Arjonilla”. Fundación Caja Rural de Jaén, 2008. 
  2. RUEDA NEVADO, A: “Roque Ruano Bejarano, autor del hallazgo del sombrero de San Roque”. Crónica de Arjonilla. 5 de agosto de 2025.

sábado, 16 de agosto de 2025

UNA OBRA DE PLATERÍA SINGULAR: EL COPÓN DE Dª ILDEFONSA COBO DE QUIRÓS. EL PLATERO LUIS DE GUZMÁN, Y SU OBRA PARA LA PARROQUIA DE ARJONILLA


 Ildefonso Rueda Jándula

Una de las piezas más singulares de la orfebrería del templo parroquial de la Encarnación de Arjonilla, es el copón de plata sobredorada, realizado en el siglo XVIII por el orfebre jienennse Luis de Guzmán y donado por Doña Ildefonsa Cobo de Quirós. De esta pieza ya nos ocupamos en trabajos anteriores (1), por el impacto que dicha donación causó en la población, lo cual quedó reflejado en la documentación de la época. 

Hasta hace poco, la inscripción interior del copón que mencionaba a la donante y las marcas de platería eran los escasos datos de los que disponíamos para conocer la historia de esta pieza singular en la platería jienense. Recientemente, el hallazgo del Codicilo (2) de Dª Ildefonsa Cobo, fechado el 16 de marzo de 1761, ha ampliado el conocimiento que teníamos hasta ahora de esta pieza, que ha pervivido a pesar de los avatares históricos (3), cumpliendo hasta la fecha, la voluntad de perpetuidad de la donante. 

“En el nombre de Dios todopoderoso criador de las cosas de el universo Majestad ofendida desde la formación de Nuestros primeros padres porque quedo nuestra naturaleza sujeta a la miseria de el morir no teniendo en la vida instante de seguridad a que no acometan enemigos asechanzas por lo que debe toda criatura considerar que desde su primer ser camina a la muerte y que esta es tan cierta como dudosa su ora puesto y lugar conforme a el derecho natural decreto general y ley ynbiolable y que para cuando llegue tan preziso caso deven pretender las mejores disposiciones para la estrecha cuenta del juez tan recto como piadoso Jesus baxo cuias consideraciones de que estoy hacia quiero que sea publico y notorio como io Dª Yldefonsa Covo de Aguilar viuda Dn. Miguel Gregorio de Mestanza y Aguilar vecina que soy de esta Villa de Arjonilla hija legitima de Dn. Miguel Covo de Aguilar  Secretario que fue del Santo Oficio de la inquisición de la ziudad de Cordova y de Dª Ursula de Quirós difuntos estando como estos enferma en cama sana de la voluntad en mi buen juicio memoria y entendimiento ….


Declaro que de mi orden y a mi costa se esta haciendo en la ziudad de Jaén un copón de plata sobredorada guarnecido de esmeraldas engastadas en oro para la iglesia parroquial de esta Villa, para cuya composición di toda la plata que tenia en mis casas como fue la salbilla y basos azafates palancana, jarro y bujías salero y algunos anillos con esmeraldas entre los que fue una grande con engaste de oro y otras piezas menudas a cuio total se dio su peso y valor que tomo el platero a cuenta de el dicho copon de que dio recibo que para en poder del Sr. Dn. Xptobal Castejon Prior de las ylgesias de esta Villa por cuya dirección corre la fabrica de dicha obra: es mi boluntad que perfeccionada y conclusa se acabe de pagar de mis bienes con advertencia de que para ello tengo echo ánimo consignar como desde luego consigno a demás del valor de la plata y demás alajas referidas dos mil y zinquenta reales de vello que se sacaran de mis bienes por mis albaceas de cuio sobrante se haga una moceta de tela de oro o plata como eligieren los referidos y si no obstante sobrare alguna porción en cualquiera cantidad quiero se gaste en el culto del Sr. Sacramentado a quien hago este corto obsequio agradecida a los singulares favores que devo a S. M. Para su mayor honra y gloria y porque me perdone mis culpas y pecados; y dado caso que falte alguna cantidad de la consignada para satisfacer la dicha obra … quiero se supla ygualmente de mis bienes siendo como es mi voluntad que dha, alhaja sea propia perpetuamente de la parroquial de esta villa donde permanezca para siempre jamas como no sea que por contratiempo de arruinarse el templo o de hurto se destruya pues otro modo no a de poder separarse de ella aunque por algun Sr. Obispo u otro Sr. eclesiástico visitador o provisor se intentare para colocarla en cualquiera otra iglesia dentro de este obispado de Jaén en cuio caso es mi voluntad que desde luego pase dicho copon y moceta a el convento del Sr. San Francisco de Asís o cualquier otro que por haberse extinguido se ubiere fundado de otra cualquier religión en esta villa bien sea de frailes o de monjas siendo preferido siempre el de religiosos y si no se hubiese echo otra fundación de convento en esta Villa pase dicho copon y muleta en el referido caso a el convento de padres franciscanos observantes de la ziudad de Jaén por cuio medio declaro mi voluntad qual es que en ningún acontecimiento puedan los señores eclesiásticos tener arbitrio ni facultad para extraer ni sacar de la iglesia Parroquial esta villa el referido copon y muzeta porque quiero permanezca en ella para siempre jamás. 

jueves, 20 de febrero de 2020

Las cuentas de la Cofradía de Ntra. Sra. de la Soledad de Arjonilla a mediados del siglo XVII

Ildefonso Rueda Jándula

La administración de los bienes de una Cofradía es una de las tareas fundamentales de estas asociaciones de fieles. Cuando en el transcurso de esta tarea surgía alguna irregularidad, eran las instancias superiores eclesiales las que solicitaban “rendir cuentas”. Así ocurrió en el año 1657, cuando se solicitó por el Provisor y Vicario General de la Diócesis de Jaén que se presentasen las cuentas de la Cofradía de Ntra. Sra. de la Soledad de Arjonilla por su Mayordomo, D. Juan Ropero de Mendoza. 

Esta cofradía arjonillera había sido fundada en el año 1603, con unos estatutos en los que se regulaba la elección del Mayordomo al tercer día de pascua de Resurrección, ante el Prior, eligiéndose cargos por duración de dos años. D. Juan Ropero de Mendoza, Mayordomo de la Cofradía de la Soledad permaneció en el cargo hasta el año 1655 en el que le sucedió en el cargo D. Melchor López de Castilla. 

La presentación de las cuentas de esta administración ante el Vicario General nos permite conocer el funcionamiento de esta Cofradía a mediados del siglo XVII, unos cincuenta años después de su fundación. Las cuentas detallan los ingresos de la cofradía (cargos) y los gastos (data). Entre los ingresos, la cofradía tenía muy buena salud económica, ya que disponía de numerosos censos, además de la limosna que ingresaban mediante las tazas petitorias. Los nuevos cofrades seguían en esta época pagando de ingreso lo estipulado por los estatutos fundacionales, 4 reales para los varones y 2 reales para las hermanas cofrades.

martes, 18 de febrero de 2020

La devoción en Arjonilla en el Siglo XVIII al Santo Cristo de Pedro Abad



Ildefonso Rueda Jándula

En la localidad cordobesa de Pedro Abad, se alza sobre una loma el antiguo Santuario del Santísimo Cristo de los Desamparados. La construcción, del siglo XVIII, alberga la milagrosa imagen del crucificado que fue objeto en la centuria del setecientos de la devoción de las gentes de Arjonilla, quienes en sus disposiciones testamentarias incluían misas para esta imagen cristífera. 

Ejemplos de esta devoción los tenemos en el testamento del presbítero D. Francisco de Calmaestra Serrano y Valdivia, quien otorgó la escritura ante el escribano José Antonio de Rueda en el año 1759. Asimismo lo hicieron D. Vicente Serrano y Córdoba en 1770, D. Benito Calmaestra en 1784 y D. Fernando Canales en 1797. La mayoría de estos legados incluyen al Santo Cristo de Pedro Abad junto a otras devociones de religiosidad popular de especial relevancia para nuestra geografía, como Ntra. Sra. de la Cabeza. 


El Santísimo Cristo de los Desamparados de Pedro Abad, tiene la singularidad de ser procesionado tan solo una vez cada cien años. En su camarín de yeserías, junto a las imágenes de la Virgen Dolorosa y de San Juan, aguarda la imagen para ser aclamada por sus devotos hasta el año 2035 cuando se producirá la procesión centenaria. 

El Alma, heredera post mortem. El testamento de Sebastián de Morales Garza

El Santuario de Ntra. Sra. de la Cabeza
fue objeto de diversos legados por parte
de los arjonilleros en la Edad Moderna
Ildefonso Rueda Jándula

En el estudio de la Historia de las mentalidades, una fuente de primer orden son los testamentos del Archivo de Protocolos notariales. La idea que subyace en las diferentes mandas testamentarias, es que el alma es la heredera del testador, de ahí que sea importante la cantidad de misas que se encarguen. En el ámbito católico, a la profusión de misas a lo cual contribuían las cofradías como uno de sus principales cometidos para con los cofrades contribuyó sin duda la contrarreforma, afianzando frente a las ideas protestantes, la confesión sobre la Comunión de los Santos. 

En este caso presento el Testamento de D. Sebastián de Morales Garza, quien con menos de veinticinco años se encontraba enfermo. Realizó testamento el 5 de Abril del año 1.700 ante el escribano Pedro Manuel de Aguilera. Dispuso su enterramiento junto a la Capilla del Santo Cristo (Cristo del Perdón o Cristo de los Espejos), en la Capilla mayor de la Iglesia parroquial de Arjonilla, y encargó misas al Santuario de la Virgen de la Cabeza de Sierra Morena y en la capilla de los Reinoso de la parroquial de Santa María de Andújar. Como legados destacan dos lienzos, uno de Ntra. Sra. de la Soledad y otro de Jesús Nazareno, para la capilla del Sagrario, que en aquella época era la actual de la Inmaculada Concepción. 

El perfil del testador como una persona piadosa nos lo afianza la siguiente manda: “declaro que devo a los jubileos de ntra. Señora del Pilar y de ntra. señora de Montserrate y la Santa Cruz que le pareze es de Santo Toribio duzientos reales poco mas o menos”. En el año 1.700, con el cambio de centuria, el Papa Inocencio XII había convocado un Jubileo, a lo cual puede responder la intención del testador, aunque también hay que tener en cuenta que en la época, las peregrinaciones a santuarios de especial relevancia era algo muy extendido.

“En el nombre de Dios todopoderoso Amen. Sepan cuantos esta escritura de testamento ultima y final voluntad vieren como yo Sebastián de Morales y Garza vecino que soy desta Villa de Arjonilla hijo legitimo y natural de Juan de Morales Vallexo y de Isabel de Garza Malo mis padres ya difuntos menor que confieso ser de veinte y cinco años y estando en las casas de mi morada enfermo en la cama de enfermedad corporal tal qual Dios nro. señor fue servido de darme creyendo como fiel y berdaderamente creo en el misterio de la Santísima Trinidad Padre Hijo y Espíritu Santo tres personas distintas y una divina esencia cuia católica fe y creencia siempre e vivido y protesto vivir y morir firmemente y temiendome de la muerte ques cosa cierta a toda criatura humana aunque dudosa su hora poniendo por mi Intercesora y abogada a ntra. Sra. la Virgen Maria para que sea servida de interceder con su precioso hijo perdone mis culpas y pecados…Lo primero encomiendo mi anima a Dios nuestro Señor que la creo y redimido con su preciosa sangre el cuerpo mando a la tierra de cuio elemento fue formado. 

jueves, 3 de agosto de 2017

El Testamento de la Camarera de San Roque, María de Morales, en el siglo XVIII

Ildefonso Rueda Jándula
Antigua imagen de San Roque,
patrón de Arjonilla

La investigación en los protocolos notariales, que abundan en testamentos, nos permiten obtener datos de la vida cotidiana de nuestros antepasados y reconstruir la historia de la gente poco importante, una de las corrientes de la nueva historia. Junto con las fórmulas  iniciales que, según el escribano en cuestión, reiteraban en función de la religiosidad del testador, las mandas e inventarios de bienes nos permiten adentrarnos tanto en la mentalidad de la época como en su día a día.

El testamento(1) que María de Morales, vecina de Arjonilla de la calle Las Parras, realizó ante el escribano Alonso Rubio y García en el año 1727 es un documento que nos permite obtener variada información, acerca de una persona que debió estar llena de piedad devocional, ya que entre sus bienes se encontraban “dos arcas de madera la una grande y la otra pequeña. En la grande estan los vienes de Sr. Sn. Roque y en la pequeña los vienes de ntra. Sra. de la Conzepzion sita en el convento de ntro. Padre Sn. Francisco de esta dicha Villa”

Se trata de una mujer soltera, imbuida de profunda piedad, como se verá del contenido total del testamento, quien señaló por heredera de sus bienes a su propia Alma, lo cual está en el contexto de la piedad de la época, en la que los bienes personales se destinaban a sufragios de misas en cantidades proporcionales al patrimonio declarado. El dato de las dos arcas con los bienes de las imágenes de San Roque, patrono de Arjonilla, y de la Concepción, del convento franciscano de Santa Rosa de Viterbo, nos sitúan ante una “Camarera” de ambas imágenes, cuyos bienes custodiaba en su propia casa, tal y como es costumbre hasta el día de hoy. Estamos, ante una de las figuras que tenían relación con el culto al patrón San Roque, junto al mayordomo nombrado por el cabildo municipal.

miércoles, 2 de agosto de 2017

D. Diego Ximénez de Morales, I Marqués de Santa Rosa. Genealogía y Comercio en Perú de un noble arjonillero

Ildefonso Rueda Jándula

El siglo XVIII se había inaugurado con las luchas dinásticas por la corona española, en la Guerra de Sucesión, que acabaron por legitimar en el trono a los borbones. Quienes habían apoyado a Felipe V frente al Archiduque Carlos, se vieron recompensados con los nuevos títulos nobiliarios que el monarca concederá a quienes le prestaron ayuda militar o económica. Uno de esos títulos, el marquesado de Santa Rosa de Lima, será concedido en 1719 a D. Diego Ximénez de Morales, Caballero de la Orden de Calatrava, vecino de Arjonilla que había marchado en 1711 a Perú con orden de administrar varias encomiendas de indios, y en cuyo Virreinato se afincó dedicándose al comercio de telas europeas de lujo. 

Hasta fechas recientes conocíamos tan solo el dato de su viaje a las Indias y el nombramiento como marqués -erróneamente fechado en 1723 en publicaciones digitales-, su vecindad en la Calle Llana de Arjonilla y su genealogía familiar. La difusión digital de una causa(1), en la que sus herederos en el marquesado reclaman derechos sobre bienes familiares, nos ha permitido conocer más a fondo el cometido con el que la monarquía española envió al Perú a este Caballero de Calatrava, y la corta vida de este arjonillero residente en Indias.

Genealogía de D. Diego Ximénez de Morales
Genealogía, vecindad en Arjonilla y viaje al Perú

D. Diego Ximénez de Morales era hijo de D. Bernardo Ximénez Serrano y Dª Tomasa Francisca de Morales Velasco. Su linaje paterno, los Jiménez en Arjonilla, habían establecido en nuestra Villa el solar de una familia de hijosdalgo que procedían en sus más lejanos ascendientes, de los Jiménez Ramos, que participaron en la conquista de Baeza. Aquellos blasones decoraban el Arco de Santa María del Alcázar, iglesia desaparecida, si bien los escudos fueron reinterpretados en uno de los arcos del templo parroquial de San Pablo de la misma ciudad. 

Las noticias de su genealogía son recogidas en el libro 1º de registro de hijosdalgo de la Villa de Arjonilla que se conserva en el Archivo Municipal. Don Bernardo Jiménez Serrano, como padre de familia, informó de su ascendencia así como la de sus dos hijos D. Diego y D. Roque Ximénez de Morales: